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"No fracasé, sólo descubrí 999 maneras de cómo no hacer una bombilla"
Thomas Alva Edison
(1847 - 1931) Empresario y prolífico inventor estadounidense.
OPINIÓN PROFESIONAL
LAS PROYECTADAS MEDIDAS CONTRA EL FRAUDE FISCAL
Los anteproyectos de ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal y de modificación de la penalización del delito fiscal, se proponen modificar la regulación legal de numerosas materias de orden tributario, que supondrán, de aprobarse, tanto una importante ampliación de las facultades de la Administración en sus actuaciones de gestión, inspección y recaudación, como una mayor severidad en el castigo del incumplimiento tributario...Ampliar
ANÁLISIS DE DOCTRINA Y JURISPRUDENCIA
RESOLUCIÓN COMENTADA:
Sentencia de la Audiencia Nacional de 30 de marzo de 2011 (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección 2ª).
Pago: ingresos espontáneos fuera de plazo: naturaleza y finalidad del recargo por presentación de declaración extemporánea: interpretación restrictiva de los presupuestos de hecho que legalmente determinan su exigibilidad: falta de requerimiento previo: la declaración no es espontánea cuando es fruto de una actuación de la Inspección respecto a otros ejercicios que condiciona períodos impositivos posteriores, por la minoración de créditos fiscales: carácter innecesario de una autoliquidación complementaria: exigencia del recargo improcedente.
NUESTRO COMENTARIO:
HECHOS
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional estimó el recurso contencioso administrativo interpuesto contra la Resolución del TEAC de 14-02-2008 que desestimaba la reclamación contra la imposición del recargo por ingreso fuera de plazo del Impuesto sobre Sociedades correspondiente al ejercicio 2000.
COMENTARIO:
El recargo por declaración extemporánea se aproxima en su naturaleza jurídica, aunque no se identifica, con las sanciones tributarias, por lo que, en armonía con la jurisprudencia constitucional, deben interpretarse restrictivamente los presupuestos de hecho que legalmente determinan su exigibilidad y, además, en caso de duda, la interpretación de las normas reguladoras del recargo tiene que ser en favor del contribuyente... |